Mediante Resolución exenta Nº 277, de 21 de abril de 2025, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha emitido un dictamen interpretativo que refuerza los derechos de los consumidores en el contexto de la compraventa de inmuebles en etapa de «venta en blanco» o «venta en verde». Este pronunciamiento aclara un punto clave: las fechas de entrega comunicadas por la inmobiliaria, incluso antes de firmar la promesa de compraventa, son legalmente vinculantes.
¿Qué implica este dictamen?
En palabras simples, si una inmobiliaria informa una fecha de entrega del inmueble – por correo electrónico, WhatsApp, publicidad o cualquier otro medio- esa fecha se incorpora como parte del contrato de promesa de compraventa, aunque no esté expresamente indicada en el documento. Esto se fundamenta en el principio de integración publicitaria (art. 1 N°4 LPDC), el deber de profesionalidad (art. 23 LPDC), el deber de información veraz y el principio pro consumidor (art. 2 ter LPDC).
¿Qué pasa si la inmobiliaria no cumple el plazo informado?
Si el plazo de entrega fue comunicado previamente y no se cumple, el consumidor podrá ejercer diversos derechos:
- Cobro de la póliza de garantía;
- Solicitud de indemnización de perjuicios (art. 3 letra e) y art. 12 LPDC);
- Reclamo por incumplimiento del deber de información veraz y oportuna, con sanciones conforme al art. 24 de la LPDC.
¿Y si no se informó ninguna fecha?
En los casos en que no se haya indicado un plazo concreto, seguirá operando la condición suspensiva habitual: la aprobación de la Recepción Definitiva por parte de la Dirección de Obras Municipales. Aun así, el consumidor mantiene el derecho a solicitar información precisa y completa sobre el avance del proyecto (art. 3 letra b) LPDC). Si se demuestra que los retrasos son responsabilidad de la inmobiliaria, también se podrán ejercer acciones legales por incumplimiento.
Recomendaciones clave para el sector inmobiliario:
- Toda comunicación de fechas de entrega, por cualquier medio, se considera parte del contrato.
- Las inmobiliarias deben conocer y ajustar sus comunicaciones a los plazos reales del proyecto.
- El incumplimiento de los plazos comunicados puede derivar en sanciones y compensaciones.
- Se deben cumplir todas las gestiones necesarias para obtener oportunamente la Recepción Definitiva.
¿Eres parte del rubro inmobiliario o estás evaluando adquirir un inmueble en venta en verde o en blanco? Este dictamen cambia las reglas del juego: lo que se comunica, importa.
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