Con fecha 15 de mayo del año en curso se aprobó por el Congreso el proyecto de ley que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, modifica diversos cuerpos legales que tipifican delitos contra el orden socioeconómico, y adecúa las penas aplicables a todos ellos.

Una de las principales modificaciones contenidas en el proyecto de ley es la ampliación del catálogo de delitos; pasando de una treintena a más de doscientos, creándose cuatro categorías de delitos económicos, por los cuales pueden ser responsables penalmente las personas jurídicas, en caso de ser perpetrados en el marco de su actividad.

Además de lo anterior, el proyecto amplía el catálogo de personas jurídicas que pueden incurrir en responsabilidad penal, incluyendo también a las empresas públicas creadas por ley, universidades del Estado, los partidos políticos y las personas jurídicas religiosas de derecho público.

En la misma línea, se establece una ampliación de las personas que pueden comprometer la responsabilidad penal de las personas jurídicas a toda persona natural que ocupe un cargo, función o posición en ella, o le preste servicios gestionando asuntos suyos ante terceros, con o sin su representación, siempre que la perpetración del hecho se vea favorecida o facilitada por la falta de implementación efectiva de un modelo adecuado de prevención de delitos, por parte de la persona jurídica, sin que para ello sea relevante considerar si ella se verá beneficiada por la comisión del delito.

Así las cosas, el modelo de prevención de delitos mantiene su carácter de eximente de responsabilidad penal en la medida que se encuentre efectivamente implementado de forma seria y razonable, atendiendo a su objeto social, giro, tamaño, complejidad, recursos y a las actividades que desarrolle la persona jurídica, considerando los riesgos derivados de tales actividades, el establecimiento de protocolos y procedimientos y la asignación de uno o más sujetos responsables de estas labores.

En definitiva, este importante avance legislativo permite a las empresas prevenir los riesgos de comisión de los delitos que su actividad genera, establecer controles mediante los cuales sea posible evitar varios de ellos, tales como, la existencia de varias personas responsables de Compliance, fortaleciendo con ello una cultura de integridad y buenas prácticas corporativas al interior de la organización, adaptando sus modelos a su propia realidad y contribuyendo a la efectiva prevención de delitos.

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